EL COLEGIO DE BIBLIOTECÓLOGOS DEL PERÚ ANTE LA DESIGNACIÓN DEL JEFE INSTITUCIONAL DE LA BIBLIOTECA NACIONAL MANIFIESTA LO SIGUIENTE:
El Colegio de
Bibliotecólogos del Perú creado el 12 de enero 1990 por Ley 25189 es persona
jurídica de derecho público interno, se rige por su Estatuto y su Código de
Ética, colaborando con el estado, los gobiernos regionales y locales y con
agrupaciones en la formulación de planes orientados a elevar el nivel cultural
de la comunidad y su derecho a la información. De igual manera emitiendo
opinión técnica sobre los asuntos de interés nacional relacionados con la
bibliotecología e información, proponiendo las medidas que estime convenientes.
El CBP es una institución al servicio de los profesionales de la
información, asume la defensa de la función profesional de sus colegiados y la
promoción de su superación cultural y especializada.
En ese sentido el 6 de diciembre de 2019 presentamos a la
Ministra de Cultura nuestro pronunciamiento en el que manifestamos que el nuevo
Jefe Institucional de la Biblioteca Nacional debía ser un Profesional en
Bibliotecología y Ciencias de la Información, con las competencias y
experiencia en Gestión Pública, conocedor de la gestión de unidades de
información y de sus diversos servicios centrados en el ciudadano y su derecho
de acceso a la información.
Simultáneamente un colectivo de bibliotecólogos bajo la
denominación de “Asociación de Bibliotecólogos del Perú”, presentó un memorial
a la mencionada Ministra. Debemos aclarar que ambos documentos son
independientes, por tanto, respaldamos solo nuestro documento. La Constitución
del Perú ampara la libre asociación de las personas con fines diversos, pero
son los colegios los órganos representativos de los profesionales en toda la
República.
Si bien nuestro pronunciamiento exhortaba a las autoridades
competentes sobre la elección del nuevo Jefe o Jefa Institucional de la
Biblioteca Nacional para que fuera un profesional bibliotecólogo y entendiendo
que dicho cargo tiene carácter de confianza según la normatividad vigente,
apelamos a que su designación cumpla con los resultados esperados por todos los
bibliotecólogos del Perú, así como por los trabajadores de la primera
institución cultural del país y ente rector del Sistema Nacional de
Bibliotecas, tomando en cuenta sus conocimientos y capacidades, en especial de
los profesionales de Bibliotecología y Ciencias de la Información.
Por último, señalar que, con 30 años de vida institucional, el
CBP continuará cumpliendo con su deber de defender el ejercicio profesional
respaldado por la Ley 29181 – Ley del Ejercicio Profesional en Bibliotecología
y Ciencias de la Información.
Lima,
10 de enero de 2020
CONSEJO DIRECTIVO NACIONAL 2019-2020